Convenio regulador que no se ratifica judicialmente: Validez y efectos jurídicos

1.- Presentación del problema y posibles soluciones.

Una de las dudas más comunes que surgen entre nuestros clientes es la vigencia del convenio regulador firmado por las dos partes. Este instrumento, en un principio realizado para ser presentado como parte de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo, en algunas ocasiones, las menos, afortunadamente, no se ratifica judicialmente.

Entonces las partes acuden a su abogado y le preguntan, ¿Es válido este convenio regulador que hemos firmado los dos?

Si bien las respuestas a esta pregunta pueden ser varias, pasando por “el convenio regulador es válido desde que se firma”, a “el convenio regulador sólo es válido si se ha ratificado judicialmente”, o “sólo es válido si ha salido Sentencia”, o incluso, “sólo es válido si la Sentencia ya es firme”, vamos a intentar aclarar, a la luz de lo estipulado en la STS de 15 de octubre de 2018, la respuesta que le ha dado el Tribunal Supremo a dicha cuestión.

2.- La Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2018.

Dice la referida Sentencia que “ Los acuerdos sobre medidas relativas a hijos comunes menores de edad serán válidas siempre y cuando no sean contrarias al interés del menor y con la limitación impuesta en el artículo 1814, es decir, no cabe renunciar ni disponer del derecho del menor a la pensión de alimentos, ni puede compensarse con una deuda entre los progenitores, ni someterse condicionalmente condicionalmente. El convenio regulador no puede tacharse de ineficaz por carecer del requisito de ser aprobado judicialmente”

En cualquier convenio regulador se pueden pactar dos tipos de medidas, las medidas patrimoniales, que son aquellas referidas a la parte económica que existe entre los cónyuges ( el establecimiento o no de un prestación compensatoria por ejemplo) y por otra parte las medidas personales, que son aquellas que se establecen en relación a las medidas paternofiliales, por ejemplo el régimen de visitas o quién tendrá la guardia y custodia.

En cuanto al primer tipo de medidas, siempres serán válidas aunque el convenio no se ratifique, puesto que en uso de la autonomía de la voluntad, los cónyuges han llegado a ese pacto y por lo tanto rige el pacta sunt servanda ( los pactos deben ser cumplidos).

El segundo tipo de medidas, teniendo en cuenta que el convenio regulador puede ser clasificado como un negocio jurídico de derecho de familia, siempre que las medidas adoptadas en relación a los menores no sean gravosas para los mismos, y se respete el interés superior del menor, también deberían ser válidas.

3.- ¿Se podría requerir el cumplimiento de este convenio no ratificado?

Esta pregunta, realmente, es la madre del cordero. En un principio, si planteamos un procedimiento de juicio verbal para instar el cumplimiento del convenio regulador que no se ha ratificado, lo que se deberá hacer por el órgano jurisdiccional correspondiente es cerciorarse que los pactos adoptados por los cónyuges respetan el denominado interés del menor o favor filii. Este concepto de interés del menor es el que rige por completo el derecho de familia, por lo tanto el juez supervisará que las estipulaciones del convenio regulador no infringen este favor filii de ninguna manera. Por ejemplo, que no se ha renunciado ni dispuesto en los pactos a la pensión de alimentos. Así un pacto en que uno de los progenitores no tuviera la obligación de pagar una pensión de alimentos, sería un pacto nulo de pleno derecho. O bien que la pensión de alimentos es la adecuada, teniendo en cuenta las necesidades del menor y las posibilidades de los progenitores, una vez hecha esta supervisión se podría resolver que estos pactos han sido válidos y por lo tanto se podrán exigir, llegando a la conclusión que dichos pactos tendrían una eficacia plena.

Otra opción sería, en la interposición de una demanda de divorcio contencioso, la aportación del convenio regulador firmado por ambas partes, pero no ratificado judicialmente, solicitando que se adopten, judicialmente, aquellas medidas que los cónyuges estuvieron de acuerdo en firmar pero, que luego, por diferentes motivos no se llegaron a ratificar. Este convenio regulador, como elemento de prueba de la autonomía de la voluntad de los cónyuges en una situación de divorcio o de guarda y custodia, sin duda sería un poderoso elemento en el que el juez se debería basar para emitir Sentencia. El juez debería llegar a la conclusión que si los pactos que han alcanzado los cónyuges no son perjudiciales para el menor, todo lo contrario, cumplen con el denominado favor filii, la Sentencia que al final se dictase, debería respetar lo máximo posible dichos pactos.

4.- Conclusión

Partimos de la base que los progenitores tienen la capacidad suficiente para regular, mediante un negocio jurídico de derecho de familia, la forma en que se va a desarrollar la guarda y custodia de los menores. También partimos de la base que los pactos han de ser cumplidos (pacta sunt servanda) y que uno no puede ir en contra de los actos propios ( Doctrina de los actos propios), es decir que si en un momento uno dijo una cosa, ahora no puede decir la contraria.

Es por todo lo anterior que entendemos que los pactos realizados en un convenio regulador, siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral o al orden público y que no vayan en contra del interés del menor, serán totalmente válidos, pudiéndose reclamar su eficacia mediante los dos instrumentos ya comentados, o bien un procedimiento de juicio verbal en el que se inste el cumplimiento o bien su aportación como prueba en un procedimiento contencioso con el fin que judicialmente se adopten las medidas más parecidas a las que en su momento se pactaron.

Si necesitas más información visita las siguientes entradas que te ayudarán a entender mejor cómo se tramitará tu divorcio express:
¿Qué nos diferencia de otras webs de divorcio express?
Lo que NO debes hacer para que tu divorcio de mutuo acuerdo salte por los aires
¿Qué ventajas tiene el divorcio express?
Divorcio Express, como tramitarlo

También puedes contactar con nosotros con el siguiente formulario

Solucionaremos tus dudas y te ayudaremos con tu Divorcio Espress

    *Campos obligatorios

    Aceptación de su Política de Privacidad.

    Verónica
    Verónica
    18/04/2023
    Recomendable al cien por cien. Muy agradecida con la paciencia y el trato cercano de Sergi. La información, la manera tranquila de enfocar el tema y su rapidez de respuesta ante las dudas y preguntas que van surgiendo durante el proceso, hacen que algo delicado se haga un poco más sencillo. Muchas gracias, Sergi.
    sonia RODA
    sonia RODA
    16/04/2023
    Son profesionales y atentos con la situación que les plantees, son resolutivos
    Eva Játiva Millán
    Eva Játiva Millán
    12/04/2023
    Gestión trámite separación rápida, sin ningún tipo de problema. Sergio atento y cercano en todo momento. Recomendado.
    AMG Piojillos
    AMG Piojillos
    23/03/2023
    Gran profesional. Me acaba de llevar el tema de mi divorcio y todo a sido facil y rápido. Muy recomendable.
    alex muñoz avellaneda
    alex muñoz avellaneda
    15/03/2023
    Todo perfecto, muy amables y resolviendo cualquier duda y pacientes. Y haciendo todo el proceso más fácil. Lo recomiendo.
    Ismael Gamez
    Ismael Gamez
    13/02/2023
    Muy buena experiencia, han estado atentos en todo momento y solucionado los pequeños problemas que nos han ido surgiendo. recomendable al 100x100
    Guillermo Pérez
    Guillermo Pérez
    30/01/2023
    Son unos grandes profesionales. Mi experiencia con ello ha sido inmejorable. Los recomiendo porque son serios y cumplen con lo que dicen.
    LOURDES VILLANUEVA
    LOURDES VILLANUEVA
    19/12/2022
    Tranquilidad desde el primer momento, sencillo, inspirando confianza. En todo momento me he sentido acompañada, resolviendo dudas al momento. Nunca imaginé que sería tan fácil. Sergi, se nota tu pasión por tu trabajo. Gracias por facilitar tanto las cosas. Felicidades!
    The rating of divortium.es at Trustprofile Reviews is 9.8/10 based on 12 reviews.
    Nuestra puntuación en divortium.es a Valoraciones Trustprofile es 9.6/10 basado en 82 opiniones.
    Scroll al inicio