Introducción
A lo largo de todas nuestras entradas hemos ido hablando de la posibilidad de poder formalizar tu Divorcio a través de un notario en detrimento de la vía judicial. Pero a pesar de ello notamos que existen todavía muchas dudas sobre qué conviene más, un divorcio notarial o uno judicial. La respuesta por nuestra parte no puede ser otra que la siguiente: Depende. Debemos evaluar por un lado las necesidades que tienes y por otro saber si cumples con los requisitos que exige la ley para poder acogerte a este tipo de divorcio.
Requisitos
En primer lugar, como en el divorcio judicial, debe haber transcurrido un plazo de 3 meses o más desde la celebración del matrimonio.
En segundo lugar, el divorcio debe ser de mutuo acuerdo obligatoriamente, pues de lo contrario sólo puede conocer del procedimiento contencioso un juez.
En tercer lugar, es condición indispensable para poder tramitar el divorcio ante un Notario, que fruto de la relación no haya hijos menores de edad. En el caso que los hijos sean mayores de edad el divorcio notarial se podrá llevar a cabo siempre y cuando éstos acudan al acto de ratificación del convenio regulador ante el Notario, en el caso de que sigan viviendo en el domicilio de uno de los cónyuges o no sean económicamente independientes.
Por último, se exige que la aún esposa no esté embarazada, pues al nasciturus también se le protege judicialmente.
Procedimiento
El primer paso va a ser determinar qué notario es el competente para conocer de tu divorcio. Podremos elegir entre estas posibilidades: El último domicilio conyugal o bien el domicilio actual de cada uno de los cónyuges.
Una vez sabes qué notario debe conocer de tu divorcio, hay que elaborar un Convenio Regulador, que es el acuerdo de divorcio que posteriormente el Notario va a elevar a público. Recomendamos encarecidamente que este trámite lo dejéis en manos de un abogado, ya que igualmente para el día de la ratificación del convenio váis a necesitar que un abogado esté presente para que firme junto a vosotros.
Realizado el Convenio Regulador, se mandará junto al certificado de matrimonio y el empadronamiento, al Notario que deba realizar el trámite. Si existen hijos mayores de edad se tendrá que mandar también los certificados de nacimiento de éstos, para comprobar que efectivamente son mayores de edad.
Una vez que el Notario ya tiene toda la documentación preparada, os van a citar para que acudáis a su oficina a ratificar el convenio, paso que deberéis realizar, como ya hemos adelantado, junto a un abogado. Como ya he dicho anteriormente, en el caso de que haya hijos mayores de edad, también deberán acudir a la firma del convenio si se dan los requisitos que ya he expuesto.
Firmado ya el convenio solo falta esperar a que el Notario realice la correspondiente escritura pública, trámite que en muchos casos, dependiendo del trabajo del Notario, no lleva más de una semana.
Finalmente, desde la notaría se va a proceder a remitir toda la documentación al Registro Civil que corresponda para que procedan a la inscripción del Divorcio.
Ventajas
Como ya habrás deducido, la ventaja principal y por la que algunas personas se decantan por esta vía para tramitar su divorcio es la rapidez con la que se lleva a cabo. En una semana o menos podemos tener ya el divorcio formalizado e inscrito en el Registro Civil (quizá el paso de la inscripción se alargue un poco más dependiendo de cada población y de la gestión del Registro Civil).
En este caso sí estamos ante un verdadero divorcio rápido, pues a pesar de que también se llaman así a los divorcio judiciales, no podemos comparar los días que tarda en gestionar un Divorcio Notarial, a los meses del Divorcio Judicial.
Bajo nuestro punto de vista, este es el único punto que da ventaja al divorcio notarial frente al divorcio judicial, ya que como ahora os voy a mostrar existen más inconvenientes que ventajas.
Inconvenientes
En primer lugar, el inconveniente más obvio es el precio. Mientras que en un divorcio por la vía judicial vas a tener que pagar Abogado y Procurador, en el divorcio notarial vas a tener que sufragar los costes de abogado y Notario. Los de éste siempre van a ser más elevados que los de un procurador. Si además debes acudir a un Notario de una población pequeña donde no haya competencia entre Notarios, entonces la diferencia es lo suficientemente grande como para que te plantees si realmente vale la pena gastarse ese dinero por un trámite que puedes hacer judicialmente por la mitad de precio.
En segundo lugar, al elevarse a público un acuerdo privado de divorcio, se va a devengar el impuesto de actos jurídicos documentos, lo que implica encarecer aún más el procedimiento.
Divorcio notarial y divorcio judicial. ¿Cuál te conviene más?
Si de vuestra relación de pareja han nacido hijos y éstos son menores de edad, tenéis que acudir obligatoriamente al Divorcio por la víajudicial. No hay otra opción, pues lo que prima es el interés del menor y es este procedimiento el que ofrece mayores garantías para él.
Como en cualquier otro proceso de divorcio, la intervención de abogado sigue siendo obligatoria pues es el encargado de elaborar igualmente el convenio regulador, ya que el Notario lo que hará será protocolizar dicho convenio regulador.
El plazo de resolución de un divorcio ante notario se reduce considerablemente pues estamos hablando que la tramitación va a durar unos pocos días, mientras que en el Juzgado la tramitación puede alargarse entre 2 y 3 meses aproximadamente.
En ambos casos, para iniciar los trámites del divorcio notarial deberéis esperar 3 meses desde la celebración del matrimonio.
Por contraposición, el divorcio ante Notario va a tener un precio más elevado ya que los aranceles pueden llegar a incrementar en 200 Euros el coste total de la tramitación del divorcio. Sin contar que nosotros debemos asistir como letrados a la firma del convenio regulador ante notario, con lo cual aún se incrementará más su coste final.
Además hay que tener en cuenta que existen implicaciones fiscales si el divorcio se tramita notarialmente. Esto es así porque en el momento de que se eleve a público los acuerdos del Convenio Regulador, se deberá tributar por el impuesto de actos jurídicos documentados que en Catalunya, por ejemplo, es del 1,5%.
En cuanto a la posibilidad de modificar el convenio regulador, ésta se podrá realizar con los mismos requisitos para ambos casos.
Debes valorar si el plazo para divorciate es tan acuciante para ti o tu ex-pareja, como para ver aumentados los honorarios finales de manera considerable. Si no hay ninguna prisa excesiva y podéis esperar un par de meses o tres, nuestra recomendación siempre va a ser la tramitación judicial. Si aún así prefieres la vía del divorcio notarial no dudes en decírnoslo y realizaremos los trámites necesarios para que así sea. Tú tienes la última palabra en tu divorcio de mutuo acuerdo, nosotros estamos para ayudarte.
Conclusión
Bajo nuestro punto de vista, salvo que tengas mucha prisa para tramitar el divorcio, creemos que las desventajas tienen suficiente entidad como para decantarse por un divorcio judicial. ¿Tú qué opinas?
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