Gastos de la vivienda familiar en el divorcio: quién paga qué en 2026

Mientras dura el proceso de divorcio y después, los gastos de la vivienda familiar siguen generándose. Hipoteca, comunidad de propietarios, IBI, suministros… ¿Quién debe pagarlos? ¿Cómo se regulan? Aquí te lo explicamos.

¿Qué gastos genera la vivienda familiar?

Los principales gastos asociados a la vivienda son:

  • Hipoteca: la cuota mensual del préstamo hipotecario.
  • Comunidad de propietarios: gastos ordinarios y derramas extraordinarias.
  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): el impuesto municipal anual.
  • Suministros: agua, luz, gas, internet.
  • Seguro del hogar: y seguro de vida vinculado a la hipoteca si lo hay.
  • Mantenimiento y reparaciones: gastos ordinarios de conservación.

¿Quién paga los gastos durante el proceso de divorcio?

Hasta que el juez dicte sentencia o se apruebe el convenio regulador, se mantienen las obligaciones económicas del matrimonio. Eso significa que los dos seguís siendo responsables de los gastos de la vivienda familiar en la proporción que corresponda según vuestro régimen económico.

Si uno de los dos se ha ido de la casa, puede reclamar que el que se ha quedado asuma más gastos, pero esto debe acordarse o solicitarse al juez. No se puede dejar de pagar unilateralmente.

¿Y después del divorcio? Depende de quién tiene el uso

Si uno de los dos usa la vivienda en exclusiva

El cónyuge que tiene el uso de la vivienda suele asumir los gastos ordinarios (suministros, comunidad). La hipoteca sigue siendo obligación de ambos titulares frente al banco, aunque en el convenio se puede pactar quién la paga internamente.

Si los dos siguen siendo propietarios

Los gastos relacionados con la propiedad (IBI, comunidad, seguro, hipoteca) se siguen compartiendo en la misma proporción que la titularidad, aunque uno de los dos no viva en la casa. Los gastos de uso (suministros) los asume quien vive en ella.

El convenio regulador debe regular los gastos

Es fundamental que el convenio regulador del divorcio recoja con claridad quién paga cada gasto, especialmente:

Quién asume la hipoteca y en qué proporción.
Quién paga el IBI y la comunidad de propietarios.
Quién paga los suministros mientras uno de los dos viva en la vivienda.
Qué ocurre con las derramas extraordinarias.

Un convenio bien redactado evita conflictos futuros. En Divortium nos encargamos de redactarlo con toda precisión, ya sea un divorcio sin hijos o un divorcio con hijos.

Revisado por expertos

Sergi Gil, Abogado Ad Legem Divortium, divorcio Express

Sergi Gil Bezana

Abogado especialista en derecho de familia
Experiencia en derecho de familia
Colegio de abogados de Sant Feliu de Llobregat
633 378 095

Preguntas frecuentes sobre gastos de la vivienda en el divorcio

Frente al banco, no. Ambos titulares de la hipoteca siguen siendo responsables del pago independientemente de quién viva en la casa. Si uno deja de pagar, el banco puede reclamar al otro.

En principio, el propietario de la vivienda. Si los dos son propietarios, a partes iguales salvo que hayan acordado otra cosa en el convenio regulador.

El IBI lo paga el propietario. Si los dos son propietarios, sí. Si es de uno solo, ese propietario lo asume. En el convenio se puede acordar la compensación correspondiente.

Puedes reclamar judicialmente. El convenio regulador aprobado judicialmente tiene fuerza ejecutiva: si el otro incumple, se puede iniciar un proceso de ejecución para obligarle a pagar o reclamar los importes adeudados.

¿Necesitas que te ayudemos con el reparto de gastos en tu divorcio?

Contacta con Divortium.

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