El domicilio del menor en el divorcio: empadronamiento y cambios en 2026

Cuando hay hijos en el divorcio, una pregunta práctica pero importante es: ¿dónde queda el domicilio oficial del menor? ¿Y qué pasa si uno de los progenitores quiere cambiar de ciudad? Aquí lo explicamos.

¿Qué es el domicilio habitual del menor?

El domicilio habitual del menor es el lugar donde vive de forma principal. En un divorcio con custodia exclusiva, el domicilio habitual suele ser el del progenitor custodio. En la custodia compartida, los progenitores deben acordar cuál es el domicilio de referencia.

¿Dónde se empadrona al menor tras el divorcio?

El empadronamiento del menor refleja su domicilio habitual. En custodia exclusiva se empadrona con el custodio. En custodia compartida, los padres deben elegir un domicilio de referencia para el padrón (no puede estar en los dos a la vez), aunque el menor conviva en ambos domicilios.

El empadronamiento tiene consecuencias prácticas: determina el centro de salud asignado, el colegio de zona, y puede tener relevancia fiscal.

¿Puede el progenitor custodio cambiar de ciudad con los hijos?

El traslado del menor a otra ciudad o país es una decisión que requiere el consentimiento del otro progenitor o autorización judicial. Así lo establece el artículo 158 del Código Civil y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Un traslado unilateral sin consentimiento ni autorización judicial puede dar lugar a una denuncia por sustracción parental o al inicio de un procedimiento urgente para retornar al menor.

¿Cuándo puede el juez autorizar el traslado?

El juez puede autorizar el traslado cuando concurre una causa justificada (razones laborales, reagrupación familiar, mejora de condiciones de vida) y siempre que se demuestre que el traslado no perjudica el interés del menor ni dificulta gravemente el régimen de visitas del otro progenitor.

En estos casos el juez puede modificar el régimen de visitas para adaptarlo a la nueva situación (visitas menos frecuentes pero más largas en vacaciones, etc.).

¿Y si el traslado es al extranjero?

El traslado internacional de un menor sin consentimiento del otro progenitor puede constituir sustracción internacional de menores, regulada por el Convenio de La Haya de 1980 y los reglamentos europeos. En ese caso, el progenitor puede iniciar un procedimiento urgente de retorno del menor ante las autoridades del país de destino.

Si estáis pensando en un traslado o tenéis dudas sobre el domicilio de los hijos, consultad con nuestro equipo. En Divortium gestionamos divorcios con hijos y os asesoramos sobre todos los aspectos del convenio regulador.

Revisado por expertos

Sergi Gil, Abogado Ad Legem Divortium, divorcio Express

Sergi Gil Bezana

Abogado especialista en derecho de familia
Experiencia en derecho de familia
Colegio de abogados de Sant Feliu de Llobregat
633 378 095

Preguntas frecuentes sobre el domicilio del menor

No. Solo puede haber un empadronamiento oficial. En custodia compartida hay que elegir uno. Sin embargo, el menor puede estar de facto en dos domicilios según el calendario de custodia.

Sí. El empadronamiento determina el área de influencia para la asignación de plaza en centros públicos o concertados. Por eso es importante acordar bien el domicilio de referencia.

No sin el consentimiento del otro. Los cambios de empadronamiento de menores requieren la firma de ambos progenitores con patria potestad.

El domicilio del menor es relevante para el convenio regulador. Un cambio de domicilio significativo puede justificar una solicitud de modificación de medidas. Si afecta al régimen de visitas o a la vida diaria del menor, ambos progenitores deben ser informados y acordar los ajustes necesarios.

Si el domicilio y los cambios de residencia quedan definidos de común acuerdo, pueden incorporarse al convenio del divorcio de mutuo acuerdo.

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