El régimen de participación matrimonial: qué es y cómo funciona en el divorcio

Cuando se habla de regímenes económicos matrimoniales, todo el mundo conoce la sociedad de gananciales y la separación de bienes. Pero existe una tercera opción, mucho menos utilizada en España: el régimen de participación. Te explicamos en qué consiste y cómo afecta al divorcio.

¿Qué es el régimen de participación?

El régimen de participación es un sistema híbrido: durante el matrimonio funciona como la separación de bienes (cada uno es propietario de lo suyo), pero al disolverse, cada cónyuge tiene derecho a participar en las ganancias del otro obtenidas durante el matrimonio.

Es decir: durante la vida matrimonial, cada uno gestiona su patrimonio libremente. Pero al divorciarse, se calcula qué ha ganado cada uno y el que ha ganado más compensa al que ha ganado menos.

¿Cómo se calcula la participación?

El cálculo se hace comparando el patrimonio inicial de cada cónyuge al comienzo del régimen (o del matrimonio) con el patrimonio final al disolverse. La diferencia es la ganancia de cada uno. El que haya ganado más paga al otro la mitad de la diferencia de ganancias.

Por ejemplo: si uno ha ganado 200.000€ y el otro 80.000€ durante el matrimonio, la diferencia es 120.000€. El que más ganó debe pagar la mitad de esa diferencia (60.000€) al otro.

¿Cuándo tiene sentido el régimen de participación?

Este régimen puede ser interesante cuando los dos tienen patrimonio propio significativo pero uno de los dos tiene expectativas de ganancias mucho mayores que el otro (por ejemplo, un empresario y un trabajador asalariado). Permite que ambos mantengan independencia patrimonial durante el matrimonio, pero que al disolverse se comparta el éxito económico de forma equitativa.

¿Es habitual en España?

No. El régimen de participación es muy poco utilizado en España. Requiere ser pactado expresamente mediante capitulaciones matrimoniales ante notario. Si nadie os ha dicho que lo tenéis, es muy probable que vuestro régimen sea gananciales o separación de bienes.

¿Cómo afecta al divorcio?

Al divorciarse bajo este régimen, el proceso de liquidación puede ser más complejo que en separación de bienes, porque hay que reconstruir el patrimonio inicial y final de cada uno. Es importante contar con asesoramiento para asegurar que el cálculo es correcto.

Si tenéis capitulaciones matrimoniales con régimen de participación y estáis pensando en divorciaros, contactad con Divortium. Gestionamos divorcios de mutuo acuerdo en toda España con asesoramiento completo.

Revisado por expertos

Sergi Gil, Abogado Ad Legem Divortium, divorcio Express

Sergi Gil Bezana

Abogado especialista en derecho de familia
Experiencia en derecho de familia
Colegio de abogados de Sant Feliu de Llobregat
633 378 095

Preguntas frecuentes sobre el régimen de participación

Solo si lo habéis pactado expresamente en capitulaciones matrimoniales ante notario. Si no firmasteis capitulaciones, vuestro régimen es el supletorio de vuestra comunidad autónoma (gananciales en la mayoría del territorio, separación de bienes en Cataluña y otras comunidades forales).

Sí. En cualquier momento podéis firmar nuevas capitulaciones ante notario para cambiar el régimen económico. El cambio tiene efectos desde la firma, sin carácter retroactivo para los bienes ya adquiridos.

El ocultamiento de bienes es sancionable y puede impugnarse judicialmente. El juez puede tomar en consideración los bienes ocultados al calcular el crédito de participación.

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